Capítulo CAPÍTULO III

Art. 13

En vigor desde 29 abr 2005
Los proyectos de alumbrado exterior en construcciones, instalaciones y viviendas financiados con fondos públicos se ajustarán necesariamente a los criterios de prevención de la contaminación lumínica y eficiencia energética que establece esta ley.
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eli/es-ib/l/2005/04/20/3#art-13

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