Título TÍTULO I

Art. 12

En vigor desde 30 dic 2025
1. El órgano de la Generalitat competente en materia de nuevas tecnologías es el órgano asesor del Sistema Archivístico Valenciano en todo aquello relativo a la aplicación de las nuevas tecnologías de la comunicación y la información en la gestión documental de las administraciones públicas y los archivos. 2. Dicho centro directivo ejercerá las siguientes funciones: a) El asesoramiento en todo lo referente al establecimiento de los principios básicos, requerimientos, estándares y aplicaciones informáticas corporativas relativas a la gestión documental y de archivo, de acuerdo con la normativa elaborada por la conselleria competente en materia de hacienda. b) La redacción de informes sobre la conservación y recuperación de la información contenida en los nuevos soportes documentales. c) El análisis del estado de la tecnología a fin de decidir una eventual migración digital de los documentos custodiados. Se modifica la letra a) del apartado 2 por el .6 del Decreto-ley 14/2025, de 26 de diciembre. Ref. DOGV-r-2025-90320

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2005/06/15/3#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil