Art. 1
En vigor desde 4 jul 1997
Se crea la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, que se regirá por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; por la Ley 1/1992, de 21 de mayo, de Coordinación del Sistema Universitario de Andalucía; por la presente Ley; por las normas que las desarrollen, y por sus Estatutos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/1997/07/01/3#art-1