Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 29 abr 2015
1. Los valores emitidos por los Fondos de Titulización Hipotecaria regulados en la Ley 19/1992, de 7 de julio, sobre Régimen de Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria y sobre Fondos de Titulización Hipotecaria, tendrán el carácter de títulos hipotecarios de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario.
Se derogan los apartados 2 a 5 por la disposición derogatoria.d) de la Ley 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4607#dd . Se añade el párrafo cuarto al apartado 2 por el art. 27 del Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril. Ref. BOE-A-2010-5879 . Se modifica el párrafo tercero del apartado 2 por la disposición final 1 de la Ley 41/2002, de 22 de noviembre. Ref. BOE-A-2007-21086 . Se añade el párrafo tercero al apartado 2 por el art. 18 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre. Ref. BOE-A-2002-22807 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/04/14/3#disposicion-adicional-quinta