Título TÍTULO II
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 7 jul 1993
Hasta la constitución de la Comisión Gestora los cargos y autoridades académicas nombrados por la Universidad de Granada para los Centros universitarios de Almería seguirán en el ejercicio de sus funciones. Igualmente hasta el momento indicado, el personal docente y no docente adscrito o destinado a los Centros y Servicios universitarios de Almería, así como los estudiantes de dichos Centros, continuará formando parte de la Comunidad Universitaria de la Universidad de Granada como miembros de pleno derecho de la misma.
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Proeli/es-an/l/1993/07/01/3#disposicion-transitoria-segunda