Título TÍTULO II
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 10 may 1991
Por el Consejo de Gobierno se procederá, en el plazo de treinta días desde la entrada en vigor de la presente Ley, al nombramiento de los miembros del Consejo Económico y Social.
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Proeli/es-ex/l/1991/04/25/3#disposicion-transitoria-primera