Capítulo CAPÍTULO V
Art. DISPOSICIÓN DEROGATORIA
En vigor desde 31 ene 1991
A la entrada en vigor de esta Ley, quedarán derogados los artículos 87, 88 y 89 de la Ley 32/1988 de 10 de noviembre de Marcas.
Asimismo, quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
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Proeli/es/l/1991/01/10/3#disposicion-derogatoria