Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 25 jun 1986
De las ayudas previstas en esta Ley quedarán excluidas las publicaciones patrocinadas por la Comunidad de Madrid, los Ayuntamientos y Entidades públicas de la Comunidad de Madrid.
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eli/es-md/l/1986/06/12/3#disposicion-adicional-segunda

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