Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 29

En vigor desde 11 ene 2023
El Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia ejercerán de manera rotatoria por períodos de dos años las funciones de coordinador nacional de la Red Judicial Europea y de coordinador nacional de la Red de Equipos Conjuntos de Investigación a través de sus puntos de contacto y en los términos que acuerden conjuntamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2022/12/21/29#art-29

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil