Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 30 nov 2014
En la prevención de riesgos laborales, reconocida como derecho profesional en la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, la participación y representación de los guardias civiles se ejercerá a través de los grupos de trabajo y comisiones específicas del Consejo de la Guardia Civil y de acuerdo con lo previsto en su Reglamento de organización y funcionamiento.
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eli/es/l/2014/11/28/29#disposicion-final-tercera

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