Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 19 ene 2006
El artículo 4 de esta Ley tiene el carácter de legislación básica en virtud de lo previsto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.
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eli/es/l/2005/12/29/29#disposicion-final-segunda

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