Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO XVI
Art. 85
En vigor desde 25 dic 2018
1. La Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana, dentro de sus competencias, garantizarán el respeto y el efectivo ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de niños, niñas y adolescentes previstos en la presente ley y en el resto del ordenamiento, fomentando su participación real y efectiva en la sociedad.
2. Para la consecución de este fin, las administraciones públicas valencianas destinarán recursos suficientes y articularán los mecanismos de coordinación necesarios entre ellas y entre sus distintos departamentos.
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Proeli/es-vc/l/2018/12/21/26#art-85