Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 29 dic 2013
Las fundaciones ordinarias procedentes de una caja de ahorros podrán utilizar en su denominación social y en su actividad las denominaciones propias de las cajas de ahorros de las que procedan.
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eli/es/l/2013/12/27/26#disposicion-adicional-sexta

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