Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 37

En vigor desde 29 dic 2013
Los órganos de gobierno de las fundaciones bancarias serán el patronato, las comisiones delegadas de éste que prevean los estatutos, el director general y los demás órganos delegados o apoderados del patronato que, en su caso, prevean sus estatutos de acuerdo con la normativa general de fundaciones.
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eli/es/l/2013/12/27/26#art-37

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