Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 1 ene 2010
Las plantillas máximas de militares de Tropa y Marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2010 no podrán superar los 86.000 efectivos. Se autoriza al Ministerio de Defensa a iniciar los procesos de selección y reclutamiento a partir de la aprobación de la presente Ley.
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eli/es/l/2009/12/23/26#disposicion-adicional-decima

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