Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª El régimen de separación de bienes

Art. 232

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En vigor desde 1 ene 2011
En el régimen de separación de bienes, son propios de cada uno de los cónyuges todos los que tenía como tales cuando se celebró el matrimonio y los que adquiera después por cualquier título.
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eli/es-ct/l/2010/07/29/25#art-232-1

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