Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 30

En vigor desde 27 dic 2009
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, queda modificada como sigue: Uno. Se añade un segundo párrafo al artículo 53.1, con la siguiente redacción: «En caso de que los Ayuntamientos opten por explotar los servicios de temporada a través de terceros, aquéllos garantizarán que en los correspondientes procedimientos de otorgamiento se respeten los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.» Dos. Se añade un segundo párrafo al artículo 74.3, con la siguiente redacción: «En el otorgamiento de solicitudes relativas a actividades de servicios se respetarán los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.» Tres. El apartado 1 del artículo 75 queda redactado en los siguientes términos: «La Administración podrá convocar concursos para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre. En dichos procedimientos se respetarán los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva.»
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eli/es/l/2009/12/22/25#art-30

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