Título TÍTULO X
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 31 dic 2009
El Síndic de Greuges debe aprobar el Reglamento de organización y régimen interno de la institución en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley.
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Proeli/es-ct/l/2009/12/23/24#disposicion-transitoria-cuarta