Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 154

En vigor desde 11 dic 2014
La autoridad competente española denegará el reconocimiento de una resolución de embargo preventivo de bienes o de aseguramiento de pruebas cuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 32.
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eli/es/l/2014/11/20/23#art-154

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