Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional decimoséptima

En vigor desde 1 ene 2002
Uno. La dotación del Fondo para Inversiones en el Exterior se incrementa en 90.151,82 miles de euros. El Comité Ejecutivo del Fondo para Inversiones en el Exterior podrá aprobar durante el año 2002 operaciones por un importe total máximo de 225.379,54 miles de euros. Dos. La dotación del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa se incrementan en 9.015,18 miles de euros. El Comité Ejecutivo del Fondo de Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa podrá aprobar durante el año 2002 operaciones por un importe total máximo de 18.030,36 miles de euros. Tres. Los incrementos de dotación de este ejercicio con respecto al anterior, en el caso del FIEX (30.050,61 miles de euros) y en el caso de FONPYME (3.005,06 miles de euros) sólo serán librados y transferidos por parte del Tesoro en el caso de cumplirse las previsiones, en lo que respecta a los compromisos de operaciones formalizadas, que hayan sido establecidas por COFIDES en relación con los fondos arriba indicados.
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