Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final décima cuarta
En vigor desde 1 ene 2022
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se da nueva redacción a la letra b) del apartado 1 del artículo 203 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que queda redactado como sigue:
«[...]
b) Aprobar la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública para las entidades locales, su normativa de desarrollo y los planes especiales o parciales que se elaboren conforme a la misma, así como los de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles con participación total o mayoritaria de las entidades locales, que se elaboren conforme al Plan General de Contabilidad de la empresa española.
[...]»
El resto del artículo permanece con la misma redacción.
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Proeli/es/l/2021/12/28/22#disposicion-final-decima-cuarta