Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 19 ene 2010
El Gobierno de la Generalidad, dentro del plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley, debe adecuar la estructura administrativa del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, con la dotación de los medios materiales, económicos y personales necesarios para desarrollar y ejecutar los preceptos de la presente ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2009/12/23/22#disposicion-final-tercera