Título TÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Alcance y condiciones generales de la cesión

Art. 29

En vigor desde 20 dic 2009
Se entiende que las personas jurídicas tienen su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma que resulte de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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eli/es/l/2009/12/18/22#art-29

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