Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Del procedimiento territorial
Art. 212
DerogadoEn vigor desde 1 sept 2004
Podrá solicitar la declaración de un concurso territorial:
1.º Cualquier persona legitimada para solicitar la declaración de concurso con arreglo a esta ley.
2.º El representante del procedimiento extranjero principal.
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Proeli/es/l/2003/07/09/22#art-212