Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 ene 2022
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley. 2. Quedan derogados expresamente el párrafo último del apartado 1 del artículo 210 y el artículo 211 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en atención a lo expuesto en la disposición final cuarta.
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