Título TÍTULO I

Art. 6

En vigor desde 28 jul 2018
1. La Generalitat fomentará mediante incentivos y beneficios fiscales y dentro del alcance de sus competencias normativas en materia tributaria las actividades de mecenazgo. 2. Todas las medidas fiscales que la Generalitat establezca en favor del mecenazgo cultural, científico y deportivo no profesional en la Comunitat Valenciana serán compatibles con las que establezca el Estado.
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eli/es-vc/l/2018/07/25/20#art-6

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