Título TÍTULO XXXICapítulo CAPÍTULO II

Art. 31

2-5

En vigor desde 31 dic 2017
En el supuesto del apartado d del artículo 31.2-1, la cuota líquida será el resultado de aplicar sobre la cuota íntegra una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra en el caso de contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa o de una familia monoparental.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-31-8

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil