Título TÍTULO XXVI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 26
3-2
En vigor desde 1 ene 2023
1. El devengo se producirá en el momento en que se inicie el procedimiento.
2. La exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar se producirá en el momento del devengo.
Se modifica por el de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-5482
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-26-12