Título TÍTULO XXII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 22
4-6
En vigor desde 1 ene 2024
La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro:
Tipo de servicio Importe (euros) 1. Autorización para la explotación de las obras cuyos derechos de propiedad intelectual correspondan al IVAM en modalidad exclusiva 1.1 Para uso divulgativo o particular. 50,95 1.2 Para uso editorial o comercial. 213,99 1.3 Para uso publicitario. 305,70
Se modifica por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-22-30