Título TÍTULO XXI›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 21
1-4
En vigor desde 31 dic 2017
Son contribuyentes de esta tasa las personas propietarias o comunidades de propietarios de los edificios que estén obligados a inscribir el mencionado certificado en el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-21-3