Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final vigésima primera

En vigor desde 3 oct 2015
1. Esta Ley entrará en vigor el 1 de enero de 2016. 2. No obstante, la disposición transitoria decimotercera y la disposición adicional decimosexta entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación. Las disposiciones transitorias cuarta y décima entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2015. La disposición final novena entrará en vigor el 1 de julio de 2016. La disposición final duodécima entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10566#dfundecima .

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eli/es/l/2015/07/14/20#disposicion-final-vigesima-primera

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