Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final vigésima primera
En vigor desde 3 oct 2015
1. Esta Ley entrará en vigor el 1 de enero de 2016.
2. No obstante, la disposición transitoria decimotercera y la disposición adicional decimosexta entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación. Las disposiciones transitorias cuarta y décima entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2015. La disposición final novena entrará en vigor el 1 de julio de 2016. La disposición final duodécima entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10566#dfundecima .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2015/07/14/20#disposicion-final-vigesima-primera