Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 36

En vigor desde 11 ago 2010
Los objetivos de la licencia ambiental son: a) Prevenir y reducir en origen las emisiones contaminantes en el aire, el agua y el suelo que producen las actividades y que son susceptibles de afectar al medio ambiente, además de tomar en consideración el consumo de recursos naturales y energía. b) Garantizar que las actividades sometidas a la Ley cumplen su objeto mediante un procedimiento que asegure la coordinación de las distintas materias, incluida la autorización de los vertidos en el sistema público de saneamiento de aguas residuales existente, y la participación de las demás administraciones públicas que deben intervenir en el otorgamiento de la licencia ambiental.
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eli/es-ct/l/2009/12/04/20#art-36

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