Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 8 oct 2002
En relación a las competencias, la Diputación Provincial de Huesca y Zaragoza, el Gobierno de Aragón impulsará las transferencias de las que fueren apropiadas para ser gestionadas por las comarcas, en el contexto y actividad de la Comisión Mixta que se cree al efecto. En particular, se procurará que la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca pueda asumir la gestión del Plan Provincial de Obras y Servicios de las Diputaciones Provinciales de Huesca y de Zaragoza en su ámbito territorial y disfrutando de las dotaciones económicas adecuadas.
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eli/es-ar/l/2002/10/07/20#disposicion-adicional-quinta

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