Libro LIBRO I›Título El sujeto pasivo›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 24
En vigor desde 1 ene 1992
Con carácter general la base imponible se determinará en régimen de estimación directa, sin más excepciones que las establecidas en esta Ley y en las normas reguladoras del régimen de estimación indirecta de las bases imponibles.
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Proeli/es/l/1991/06/07/20#art-24