Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 20 oct 2026
1. La renta valenciana de inclusión es un derecho subjetivo que se concreta a través de una prestación económica y una prestación profesional dirigidas a facilitar un proceso de inclusión social y garantizar un nivel de vida adecuado, con el objeto de combatir la exclusión y la vulnerabilidad social.
La renta valenciana de inclusión estará vinculada a los instrumentos y actuaciones de apoyo regulados en la presente ley, facilitando el acceso a los derechos a la educación, formación, empleo, vivienda, promoción de la salud y de la autonomía personal y autodeterminación, cultura, acceso a las tecnologías de la información y la comunicación y formación en ellas, así como a la movilidad, participación social, formación en igualdad entre los hombres y las mujeres e igualdad de oportunidades.
2. Las prestaciones de la renta valenciana de inclusión carecen de naturaleza subvencional y se someten a un régimen jurídico específico.
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Proeli/es-vc/l/2026/04/14/2#art-6