Título TÍTULO I
Art. 7
En vigor desde 11 may 2024
1. Los planes demográficos son los instrumentos operativos que desarrollan la estrategia frente al reto demográfico.
2. En función de su ámbito de intervención, existirán los siguientes tipos de planes demográficos:
a) Planes demográficos generales, cuyo ámbito de intervención afecta al conjunto del territorio y la población asturiana.
b) Planes demográficos sectoriales, destinados a un ámbito competencial y político concreto o a un grupo de edad, comunidad o colectivo determinado.
c) Planes demográficos territoriales, cuyo ámbito de intervención afecta a un territorio inferior a la comunidad autónoma.
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Proeli/es-as/l/2024/04/30/2#art-7