Título TÍTULO SEXTO
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 29 jun 2024
1. La Dirección General deberá ser nombrada en el plazo de un mes desde la constitución del Consejo de Administración.
2. Se establecerá el nuevo organigrama y los procesos de nombramientos del personal directivo, tal como se recoge en el articulado de la presente ley, en los plazos que determine el Consejo de Administración.
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