Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 42

En vigor desde 3 mar 2023
El Gobierno de las Illes Balears impulsará los acuerdos que faciliten a las personas deportistas de alto nivel y/o de alto rendimiento unas condiciones de ocupación compatibles con el entrenamiento y la participación en competiciones oficiales, facilitando con esta medida y con otras la incorporación en el mundo laboral de las personas deportistas de alto nivel y/o de alto rendimiento en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Una vez terminada su vida deportiva, las administraciones fomentarán y promoverán el acceso al mundo laboral de las personas deportistas de alto nivel y/o de alto rendimiento.
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eli/es-ib/l/2023/02/07/2#art-42

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