Título TÍTULO XV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional decimoctava
En vigor desde 19 abr 2023
En el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley cada federación deportiva vasca elaborará, en colaboración con la Federación Vasca de Deporte Adaptado, un protocolo para la inclusión de deportistas con discapacidad y sus equipos en las federaciones deportivas convencionales.
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Proeli/es-pv/l/2023/03/30/2#disposicion-adicional-decimoctava