Título TÍTULO XI

Art. 104

En vigor desde 19 abr 2023
1. Al Gobierno Vasco le corresponde definir el marco general de la política deportiva en materia de equipamientos deportivos y de actividad física de interés autonómico. 2. Los planes territoriales parciales o planes territoriales sectoriales serán los instrumentos de ordenación del territorio que deberán ocuparse de la implantación territorial de los equipamientos deportivos y de actividad física. 3. Desde la Administración pública se promoverá la sostenibilidad y durabilidad de los equipamientos deportivos y de actividad física.
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eli/es-pv/l/2023/03/30/2#art-104

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