Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. 36

En vigor desde 26 mar 2025
En el ámbito de la Administración del Principado de Asturias y las entidades de derecho público del artículo 2.1.b), los cuerpos especiales y, en su caso, las escalas son los siguientes: a) Grupo A, subgrupo A1: – Cuerpo Superior de Hacienda. – Cuerpo de Archivos, Bibliotecas y Museos. – Cuerpo de Arquitectura. – Cuerpo de Ciencias Ambientales. – Cuerpo de Farmacia. – Cuerpo de Psicología. – Cuerpo de Veterinaria. – Cuerpo de Medicina. – Cuerpo Superior de Investigación, integrado por las siguientes escalas: ● Profesor de Investigación. ● Investigador Científico. ● Científico Titular. – Cuerpo de Inspección de Prestaciones Sanitarias. – Cuerpo de Inspección de Prestaciones Farmacéuticas. – Cuerpo Técnico Superior de Laboratorio. – Cuerpo de Ingeniería, integrado por las siguientes escalas: ● Ingeniería Agronómica. ● Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos. ● Ingeniería Industrial. ● Ingeniería Informática. ● Ingeniería de Minas. ● Ingeniería de Montes. ● Ingeniería de Telecomunicación. – Cuerpo Técnico Superior de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas: ● Coordinación y Protección Civil. ● Inspección. b) Grupo A, subgrupo A2: – Cuerpo de Gestión de Hacienda. – Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos. – Cuerpo de Subinspección de Prestaciones Sanitarias. – Cuerpo de Enfermería. – Cuerpo de Arquitectura Técnica. – Cuerpo de Ingeniería Técnica, integrado por las siguientes escalas: Ingeniería Técnica Agrícola. Ingeniería Técnica Industrial. Ingeniería Técnica Informática. Ingeniería Técnica de Minas. Ingeniería Técnica Forestal. Ingeniería Técnica de Obras Públicas. Ingeniería Técnica de Telecomunicación. Ingeniería Técnica Topográfica. – Cuerpo de Trabajo Social. – Cuerpo de Educación Social. – Cuerpo de Orientación Laboral. – Cuerpo de Gestión de Documentación. – Cuerpo Técnico Medio de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas: Coordinación y Protección Civil. Oficiales. c) Grupo B: – Cuerpo de Agentes Medioambientales. – Cuerpo Técnico Básico de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas: Mando Operativo. Investigación. – Cuerpo Técnico de Informática. d) Grupo C, subgrupo C1: – Cuerpo Operativo de Emergencias y Protección Civil, integrado por las siguientes escalas: Operativa. 112. – Cuerpo de Vigilancia del Territorio. e) Grupo C, subgrupo C2: – Cuerpo de Servicios Generales. – Cuerpo de Atención Ciudadana. Se modifica la letra a) por la disposición final única.1 de la Ley 1/2025, de 19 de febrero. Ref. BOE-A-2025-4911#df

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eli/es-as/l/2023/03/15/2#art-36

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