Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 37
En vigor desde 20 mar 2022
A la Administración competente para la prestación del servicio de abastecimiento, saneamiento o depuración corresponde la obtención de las concesiones y autorizaciones necesarias -y en particular aquéllas referidas al dominio público hidráulico-, así como el aseguramiento de riesgos, contratación de servicios y suministros y, si procede, inscripción registral de las instalaciones.
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Proeli/es-cm/l/2022/02/18/2#art-37