Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 88

En vigor desde 30 abr 2021
El Síndic de Greuges elaborará y aprobará cada año el proyecto de su propio presupuesto, y este se debe integrar, una vez tramitado y aprobado por los órganos competentes, en el presupuesto de la Generalitat, como sección independiente.
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eli/es-vc/l/2021/03/26/2#art-88

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