Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 9 mar 2019
El Gobierno de Cantabria:
1. Erradicará, en todas sus formas de expresión oral o escrita, el uso sexista del lenguaje en el ámbito institucional, tanto frente a la ciudadanía como en las comunicaciones internas. A estos efectos, se informará y se formará al personal al servicio de las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2. Se realizarán campañas de sensibilización y divulgación pública para la erradicación del uso sexista y androcéntrico del lenguaje en la vida social.
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Proeli/es-cb/l/2019/03/07/2#art-24