Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 2.ª Régimen sancionador
Art. 70
En vigor desde 5 oct 2018
El plazo de prescripción de las sanciones impuestas será de un año para las leves, dos años para las graves y cuatro años para las muy graves.
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Proeli/es-pv/l/2018/06/28/2#art-70