Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Administración digital
Art. 33
DerogadoEn vigor desde 10 feb 2017
Los modelos normalizados aplicables en la tramitación de procedimientos, para su utilización en papel o en formato electrónico, podrán ser modificados con objeto de mantenerlos adaptados y actualizados y, en particular, con objeto de adaptarlos a lo establecido en esta ley. A estos efectos será suficiente la publicación de los modelos adaptados o actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente accesibles para todas las personas interesadas, sin que sea necesaria su nueva publicación en el Diario Oficial de Galicia.
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Proeli/es-ga/l/2017/02/08/2#art-33