Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 22 nov 2016
Al personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que informe sobre un posible incumplimiento del Código Ético y de Austeridad de los altos cargos le será de aplicación lo previsto en el artículo 3 de la presente ley. Estas informaciones se tramitarán conforme a lo previsto en el artículo 2 de esta ley.
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