Título TÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 14 abr 2015
El municipio de Logroño, atendiendo a los artículos 137 y 140 de la Constitución, goza de autonomía para la gestión de sus intereses, con medios económicos y financieros suficientes, reconociéndose su personalidad jurídica plena y el respeto a su autonomía por parte del resto de los poderes públicos y el ámbito territorial en el que desarrollará sus competencias.
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eli/es-ri/l/2015/03/23/2#art-3

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