Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2ª. Concesiones demaniales§ Subsección 2ª. Procedimiento de otorgamiento

Art. 34

En vigor desde 19 jun 2014
El procedimiento de otorgamiento de una concesión para la ocupación del dominio público portuario se iniciará de oficio o a solicitud de persona interesada.
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eli/es-vc/l/2014/06/13/2#art-34

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