Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional vigésima segunda
En vigor desde 1 jul 2012
Las plantillas máximas de militares de Tropa y Marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2012 no podrán superar los 81.000 efectivos.
Se autoriza al Ministerio de Defensa a iniciar los procesos de selección y reclutamiento a partir de la aprobación de la presente Ley.
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Proeli/es/l/2012/06/29/2#disposicion-adicional-vigesima-segunda